Consulta: respecto a los ejecutivos principales y dependientes de las empresas de auditoria externa del emisor o del inversionista institucional solo se presume que posee informacion privilegiada y siempre y cuando hayan tenido acceso directo al hecho objeto de la informacion

Respuesta: Correcto, en el caso de los ejecutivos principales y dependientes de las empresas de auditoría externa del emisor o del inversionista institucional, se presume que poseen información privilegiada, pero esta presunción está sujeta a ciertos requisitos y condiciones.

Este tipo de profesionales solo se considerará que tienen información privilegiada si han tenido acceso directo al hecho objeto de la información privilegiada. Esto implica que hayan tenido acceso a información interna confidencial que aún no ha sido divulgada al público y que pueda influir en las decisiones de inversión.

Es importante señalar que la posesión de información privilegiada conlleva responsabilidades legales y éticas, y dichos profesionales deben cumplir con las normativas correspondientes en cuanto a la confidencialidad y el uso adecuado de la información privilegiada a la que tienen acceso en el ejercicio de sus funciones.

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