Respuesta: Resolución Nº_______________
VISTO:
El presente en curso, venido a conocimiento de este tribunal, y
CONSIDERANDO:
1°- Que, de acuerdo con los expedientes presentes en este tribunal, durante el procedimiento del caso en cuestión, se ha observado que en el libelo de demanda no consta la notificación a una de las partes respecto del acta de comparendo.
2°- Que, para garantizar la equidad y el debido proceso, es imperativo que todas las partes tengan conocimiento adecuado y oportuno de todos los procedimientos legales pertinentes, incluyendo el acta de comparendo.
3°- Que, en vista de esta omisión, es del interés de la justicia requerir que se complete la debida notificación.
Por tanto, en uso de las facultades que otorga la Constitución y las leyes de la República,
SE RESUELVE:
Primero.- Ordenar que se notifique de inmediato a la parte en cuestión acerca del acta de comparendo correspondiente.
Segundo.- Declarar que, una vez se haya cumplido dicha notificación, los autos deben ser devueltos a este tribunal para que se emita el fallo correspondiente.
Regístrese y notifíquese.
Dado en ________, a los ________ días del mes de ________ del año ________.
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(Firma)
(Juez o Magistrado)